En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 16 de julio de 2025 se publicaron los siguientes decretos:
miércoles, 16 de julio de 2025
miércoles, 2 de julio de 2025
DOF 2-jul-2025. INE publica declaratoria de validez y constancias respecto a elección del Tribunal de Disciplina Judicial.
En el Diario Oficial de la Federación de 2 de julio de 2025, se publicó el Acuerdo del Consejo General del INE que declara la validez de la elección y asigna a las personas que integrarán el Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación.
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se emite la sumatoria nacional de la elección de personas Magistradas y se realiza la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos, en forma paritaria, y que ocuparán los cargos de Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de los diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5761795&fecha=02/07/2025#gsc.tab=0
martes, 1 de julio de 2025
DOF 1-jul-2025 vespertino. Acuerdos del INE sobre declaración de validez y constancias de mayoría de Magistrados y Jueces Federales.
En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 1 de julio de 2025, el Instituto Federal Electoral publicó los acuerdos en que emitió las declaratorias de validez de las elecciones de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, así como las constancias de mayoría respectivas.
DOF 1-jul-2025 edición vespertina
ACUERDO INE/CG571/2025 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se emite la sumatoria nacional de la elección de las personas magistradas y se realiza la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos, en forma paritaria, y que ocuparán los cargos de Magistradas y Magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de los diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5761759&fecha=01/07/2025#gsc.tab=0
ACUERDO INE/CG572/2025 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se emiten, la declaración de validez de la elección de Magistradas y Magistrados de los Tribunales Colegiados de Circuito y las constancias de mayoría a las candidaturas que resultaron ganadoras de la elección de este órgano judicial, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de los diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5761760&fecha=01/07/2025#gsc.tab=0
ACUERDO INE/CG573/2025 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se emite la sumatoria nacional de la elección de personas juezas y se realiza la asignación a las personas que obtuvieron el mayor número de votos, en forma paritaria, y que ocuparán los cargos de Juezas y Jueces de Juzgados de Distrito, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de los diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5761761&fecha=01/07/2025#gsc.tab=0
ACUERDO INE/CG574/2025 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se emiten, la declaración de validez de la elección de Juezas y Jueces de Juzgados de Distrito y las constancias de mayoría a las candidaturas que resultaron ganadoras de la elección de este órgano judicial, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5761762&fecha=01/07/2025#gsc.tab=0
lunes, 30 de junio de 2025
Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito especializados en asuntos en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.
En el Diario Oficial de la Federación de 30 de junio de 2025 se publicó el Acuerdo General 8/2025 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en el que se habilitan como especializados para conocer de los asuntos en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales a los Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito con residencia en Aguascalientes (Trigésimo Circuito), a los que, a partir del 1 de julio de 2025 corresponderá conocer de dichos asuntos, incluyendo los que ya se encuentren en trámite pues los demás órganos jurisdiccionales federales deberán remitirles los que tengan en existencia.
El decreto puede consultarse en el siguiente vínculo:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5761477&fecha=30/06/2025#gsc.tab=0
Y su texto es el siguiente:
"
| DOF: 30/06/2025 |
ACUERDO General 8/2025 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la habilitación de Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados de Circuito para conocer de los asuntos en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.ACUERDO GENERAL 8/2025, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA HABILITACIÓN DE JUZGADOS DE DISTRITO Y TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO PARA CONOCER DE LOS ASUNTOS EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. CONSIDERANDO PRIMERO. En términos de lo dispuesto por el artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, vigente a partir del 16 de septiembre de 2024, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación; SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes; TERCERO. El 20 de marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expiden la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; y se reforma el artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en adelante (Decreto) y en la que se estableció en su artículo Vigésimo transitorio en lo que interesa, lo siguiente: [...] Vigésimo. El Poder Judicial de la Federación deberá habilitar juzgados de Distrito y tribunales Colegiados de Circuito especializados en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, en un plazo no mayor a ciento veinte días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, a los cuales se remitirán los juicios de amparo en dichas materias que se encuentran en trámite para su resolución. Para efectos de lo previsto en este transitorio, se suspenden por un plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto los plazos y términos procesales de los juicios de amparo en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales que se encuentran en trámite ante juzgados de Distrito y tribunales Colegiados de Circuito. [...] CUARTO. El Decreto mencionado entró en vigor el 21 de marzo de 2025, de conformidad con lo previsto en el artículo primero transitorio, mediante sesión de 22 de abril de 2025, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos aprobó el Punto de Acuerdo 33/2025 relativo a los Alcances del artículo Vigésimo transitorio del Decreto citado, y en el que se instruyó a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, con apoyo de la Dirección General de Gestión Judicial y Estadística Judicial, se realizara el análisis a nivel nacional de los órganos jurisdiccionales que pueden ser habilitados en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, partiendo de las cargas de trabajo con las que contaran y en estricto cumplimiento a las medidas de austeridad, establecidas en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las medidas de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestal y modernización de la gestión para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco; y QUINTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos, derivado de una revisión a los Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados de Circuito a nivel nacional con motivo de lo ordenado en el artículo Vigésimo transitorio del Decreto citado, consideró viable la habilitación de los Juzgados de Distrito en el Estado de Aguascalientes y de los Tribunales Colegiados del Trigésimo Circuito, con residencia en Aguascalientes, para conocer de los juicios de amparo en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales. Por lo anterior, se expide el siguiente ACUERDO Artículo 1. A partir del 1 de julio de 2025, se habilita a los Juzgados de Distrito en el Estado de Aguascalientes y a los Tribunales Colegiados del Trigésimo Circuito, con residencia en Aguascalientes para conocer de los juicios de amparo en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales. Artículo 2. Los Tribunales Colegiados de Circuito del Trigésimo Circuito, con residencia en Aguascalientes, conocerán de los recursos que se interpongan contra las determinaciones dictadas en los juicios de amparo y sus respectivos incidentes de suspensión, así como de los impedimentos o procedimientos relacionados que pudieran tramitarse en relación con la materia de acceso a la información pública y protección de datos personales. Artículo 3. Con motivo de lo señalado, a partir de la fecha indicada la Oficina de Correspondencia Común que le presta servicios a los Juzgados de Distrito en el Estado de Aguascalientes, en la ciudad del mismo nombre, así como a los Tribunales Colegiados del Trigésimo Circuito deberá de turnar los asuntos en materia de transparencia entre dichos órganos jurisdiccionales. Artículo 4. Los asuntos en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales que se encuentren en trámite ante los Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados de Circuito del Poder Judicial de la Federación deberán ser remitidos a los órganos jurisdiccionales a que se refiere el artículo 1 de este Acuerdo. Artículo 5. La Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, realizará el monitoreo constante del movimiento estadístico de los Juzgados de Distrito en el Estado de Aguascalientes, con residencia en la ciudad del mismo nombre y los Tribunales Colegiados del Trigésimo Circuito. Artículo 6. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, podrá interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este Acuerdo en el ámbito de su competencia. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación. SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el Portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet. TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Aguascalientes, con residencia en la ciudad del mismo nombre y la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados del Trigésimo Circuito, deberán publicar avisos en lugares visibles para conocimiento del público, en relación con la medida propuesta en el presente Acuerdo. EL MAGISTRADO JUAN CARLOS GUZMÁN ROSAS, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 8/2025, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la habilitación de juzgados de Distrito y tribunales colegiados de Circuito para conocer de los asuntos en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 11 de junio de 2025, por mayoría de votos de los señores Consejeros: Presidenta Ministra Norma Lucía Piña Hernández, Bernardo Bátiz Vázquez, Lilia Mónica López Benítez, Celia Maya García, Sergio Javier Molina Martínez y José Alfonso Montalvo Martínez; con el voto en contra de la Consejera Eva Verónica De Gyvés Zárate.- Ciudad de México, a 23 de junio de 2025.- Conste.- Rúbrica." |
martes, 24 de junio de 2025
DOF 24-jun-2025 Vespertino Decreto de reducción de edad de jubilación para trabajadores al servicio del Estado
En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 24 de junio de 2025 se publicó el "DECRETO por el que se reconoce el derecho a acceder a una pensión jubilatoria justa y digna de las personas trabajadoras al servicio del Estado, para realizar las acciones correspondientes a efecto de detener y reducir gradualmente la edad mínima para tener derecho a la pensión por jubilación", en que se establece un período de reducción de la edad mínima para jubilación que terminará en el año 2034 con 53 años para las mujeres y 55 para los hombres.
Ésta es la tabla establecida en el decreto:
Decreto.
Edad mínima de jubilación | ||||
Año | Trabajadoras | Trabajadores | ||
Vigente | Con reforma | Vigente | Con reforma | |
2025 | 56 | 56 | 58 | 58 |
2026 | 57 | 56 | 59 | 58 |
2027 | 57 | 56 | 59 | 58 |
2028 | 58 | 55 | 60 | 57 |
2029 | 58 | 55 | 60 | 57 |
2030 | 58 | 55 | 60 | 57 |
2031 | 58 | 54 | 60 | 56 |
2032 | 58 | 54 | 60 | 56 |
2033 | 58 | 54 | 60 | 56 |
2034 en adelante | 58 | 53 | 60 | 55 |
El texto del decreto puede consultarse en el siguiente vínculo:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5761077&fecha=24/06/2025#gsc.tab=0
martes, 17 de junio de 2025
DOF 17-JUN-2025 y Gaceta CDMX 30-may-2025 modifica entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en la CdMx
En el Diario Oficial de la Federación de 17 de junio de 2025 se publicó el decreto (publicado en la Gaceta Oficial de la CDMX el 30 de mayo de 2025) por el que el Congreso de la CdMx modificó las fechas de entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en la CdMx, en materias civil y familiar, estableciendo el 1 de junio y el 15 de noviembre de 2026 para diversos tipos de procedimientos.
El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación puede consultarse en la liga: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5760263&fecha=17/06/2025#gsc.tab=0
La publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México puede consultarse en la liga: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/38a8a14cee19d3e97ed8ad5cfd9b1337.pdf específicamente en la página 6.
El texto del decreto es el siguiente:
"JEFATURA DE GOBIERNO
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS FRACCIONES II, III Y IV DEL APARTADO A Y LAS FRACCIONES II Y III DEL APARTADO B, DEL ARTICULO 1º DE LA DECLARATORIA DE VIGENCIA DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
CLARA MARINA BRUGADA MOLINA, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, a sus habitantes sabed.
Que el H. Congreso de la Ciudad de México III Legislatura, se ha servido dirigirme el siguiente:
DECRETO
CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
III LEGISLATURA
EL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DECRETA:
ÚNICO. - SE MODIFICAN LAS FRACCIONES II, III Y IV DEL APARTADO A Y LAS FRACCIONES II Y III DEL APARTADO B, DEL ARTICULO 1º DE LA DECLARATORIA DE VIGENCIA DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES EN LA CIUDAD DE MÉXICO, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 1º. …
A. EN MATERIA CIVIL:
I. …
II. A PARTIR DEL 1º DE JUNIO DE 2026, PARA LA PROMOCIÓN DE CUALQUIER PROCEDIMIENTO Y CONTROVERSIA TRAMITADOS POR JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, PROVIDENCIA PRECAUTORIA, EJECUTIVO CIVIL ORAL, ASÍ COMO SUS PROCEDIMIENTOS PREPARATORIOS, RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.
III. A PARTIR DEL 15 DE NOVIEMBRE DE 2026, PARA LA PROMOCIÓN DE CONTROVERSIAS Y PROCEDIMIENTOS TRAMITADOS EN LA VÍA ORDINARIA CIVIL ORAL, VÍA DE APREMIO Y DEMÁS JUICIOS FALTANTES, ASÍ COMO SUS PROCEDIMIENTOS PREPARATORIOS, RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.
IV. A PARTIR DEL 15 DE NOVIEMBRE DE 2026, PARA LA APLICACIÓN SUPLETORIA DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES, EN LOS ASUNTOS TRAMITADOS CONFORME A LA LEY NACIONAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, CÓDIGO DE COMERCIO Y DEMÁS LEYES ESPECIALES MERCANTILES O CIVILES, APLICABLES EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
B. EN MATERIA FAMILIAR:
I. …
II. A PARTIR DEL 1º DE JUNIO DE 2026, PARA LA PROMOCIÓN DE CUALQUIER PROCEDIMIENTO Y CONTROVERSIAS DISTINTAS A LOS SEÑALADOS EN EL INCISO ANTERIOR, A EXCEPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS SUCESORIOS, INCLUYENDO SUS RESPECTIVOS PROCEDIMIENTOS PREPARATORIOS, RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA, REGULADOS EN EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.
III. A PARTIR DEL 15 DE NOVIEMBRE DE 2026, PARA LA PROMOCIÓN DE CONTROVERSIAS Y PROCEDIMIENTOS SUCESORIOS TESTAMENTARIOS O INTESTAMENTARIOS, INCLUYENDO RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA, REGULADOS EN EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES.
TRANSITORIOS
PRIMERO. - PUBLÍQUESE LA PRESENTE MODIFICACIÓN A LA DECLARATORIA EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.
SEGUNDO. - LA PRESENTE MODIFICACIÓN DE DECLARATORIA ENTRARÁ EN VIGOR AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
TERCERO .- COMUNÍQUESE Y REMÍTASE COPIA DE LA PRESENTE MODIFICACIÓN A LA DECLARATORIA A LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN, COMO TITULAR DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISIÓN PARA LA COORDINACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA CIVIL Y FAMILIAR, ASÍ COMO A LA PERSONA TITULAR DE LA JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA SU CONOCIMIENTO.
Palacio Legislativo del Congreso de la Ciudad de México, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.- POR LA MESA DIRECTIVA.- DIPUTADA MARTHA SOLEDAD ÁVILA VENTURA,
PRESIDENTA.- DIPUTADO FERNANDO ZÁRATE SALGADO, SECRETARIO.- DIPUTADA LIZZETTE SALGADO VIRAMONTES, SECRETARIA.- (Firmas)
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32, apartado C, numeral 1, inciso a) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 párrafo segundo, 3 fracciones XVII y XVIII, 7 párrafo primero, 10 fracción II, 12 y 21 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil veinticinco- LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CLARA MARINA BRUGADA MOLINA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, CÉSAR ARNULFO CRAVIOTO ROMERO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, JUAN PABLO DE BOTTON FALCÓN.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, TOMÁS PLIEGO CALVO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE CULTURA, ANA FRANCIS LÓPEZ BAYGHEN PATIÑO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO, MANOLA ZABALZA ALDAMA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, PABLO ENRIQUE YANES RIZO.- FIRMA.-LA SECRETARIA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL, MYRIAM VILMA URZÚA VENEGAS.- FIRMA.- SECRETARIO DE GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA, JOSÉ MARIO ESPARZA HERNÁNDEZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL, ARACELI DAMIÁN GONZÁLEZ.-FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, JULIA ÁLVAREZ ICAZA RAMÍREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE MOVILIDAD, HÉCTOR ULISES GARCÍA NIETO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, DAPTNHE CUEVAS ORTIZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, RAÚL BASULTO LUVIANO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y COORDINACIÓN METROPOLITANA, ALEJANDRO ENCINAS RODRÍGUEZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES, NELLY ANTONIA JUÁREZ AUDELO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE SALUD, NADINE FLORA GASMAN ZYLBERMANN.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA, PABLO VÁZQUEZ CAMACHO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, INÉS GONZÁLEZ NICOLÁS.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE VIVIENDA, INTI MUÑOZ SANTINI.- FIRMA.- LA SECRETARÍA DE TURISMO, ALEJANDRA FRAUSTO GUERRERO.- FIRMA.- LA CONSEJERA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, ERÉNDIRA CRUZVILLEGAS FUENTES.- FIRMA."
lunes, 9 de junio de 2025
DOF 9-jun-2025 calendario escolar SEP ciclo 2025-2026
En el Diario Oficial de la Federación de 9 de junio de 2025 se publicó el calendario escolar para el ciclo 2025 - 2026.
DOF 16-jul-2025 Vespertino. 11 Decretos con nuevas leyes sobre Guardia Nacional, Sistema Nacional de Seguridad Pública y otros temas.
En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 16 de julio de 2025 se publicaron los siguientes decretos: Decreto por ...
-
En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 24 de junio de 2025 se publicó el "DECRETO por el que se reconoce el d...
-
El 13 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas a la Ley de Amparo que, esencialmente, modifi...
-
En el Diario Oficial de la Federación de 17 de junio de 2025 se publicó el decreto (publicado en la Gaceta Oficial de la CDMX el 30 de mayo ...
